El pasado 19 de junio, Naciones Unidas adoptó un acuerdo histórico orientado a garantizar la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en aquellas zonas que no están bajo ninguna jurisdicción nacional, más de dos tercios de los océanos de nuestro planeta. El documento, legalmente vinculante, llega tras casi dos décadas de negociaciones. Estará disponible para su firma a partir del 20 de septiembre y entrará en vigor tras su ratificación por 60 de los 193 Estados de Naciones Unidas.
El nuevo acuerdo para la conservación de la biodiversidad marina entrará en vigor tras su ratificación por 60 de sus Estados miembros
Este importante acuerdo contiene cuatro puntos básicos, el primero de los cuales consiste en la creación de un marco para lograr la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de actividades relacionadas con los recursos genéticos marinos. Según datos de la Conferencia de Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), los recursos genéticos marinos tienen un enorme potencial: el desarrollo de nuevos alimentos, productos farmacéuticos, bioquímicos y biomateriales, y aplicaciones en bioenergía, control de plagas o fertilizantes, así como los nuevos productos naturales a partir de especies marinas, que crece a una tasa del 4% anual. El acuerdo alcanzado contempla la secuenciación digital de dichos recursos para, de esta forma, garantizar que beneficien a toda la humanidad
Por otra parte, se establecerán mecanismos de gestión sobre la explotación, para lograr la conservación sostenible de especies y hábitats marinos en las zonas internacionales. Esta medida se orienta a lograr la conservación y gestión eficaz de al menos el 30% de zonas terrestres, aguas continentales, marinas y costeras antes de 2030. Un objetivo que se fijó en la Conferencia de Naciones Unidas sobre Biodiversidad (COP15) del 19 de diciembre de 2022. El Marco adoptado en dicha Conferencia propone detener y revertir la pérdida de la naturaleza que amenaza seriamente la pervivencia de al menos un millón de especies, y la futura gestión acordada podrá garantizar el cumplimiento de dicho objetivo.
Otro de los cuatro puntos básicos adoptados se orienta a garantizar la evaluación del impacto medioambiental de las actividades realizadas en zonas fuera de las jurisdicciones nacionales. La actual acidificación de los océanos, debida al CO2 que absorben de la atmósfera, está reduciendo peligrosamente la presencia de minerales imprescindibles para la supervivencia de los organismos marinos. Por eso, este punto, una vez identificado el cambio climático como problema global, propone también el establecimiento de un marco jurídico internacional que permita evaluar el impacto de aquellas actividades que, en el entorno marino, puedan acelerar la subida de la temperatura media del planeta.
Los nuevos productos naturales a partir de especies marinas crecen un 4% anualmente y podrán, a partir de ahora, ser un beneficio global
Por último, de cara a que los objetivos del acuerdo puedan ser alcanzados, se establecen las condiciones necesarias para lograr una efectiva transferencia de tecnología marina entre los Estados. Este punto se orienta a evitar que aquellos países en desarrollo que carecen de la tecnología adecuada no se queden atrás en los importantes avances en defensa de la biodiversidad marina. Dentro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el 14, centrado en la conservación y utilización sostenible de océanos y mares, hace mención específica a aumentar, antes de 2030, los beneficios económicos que los países menos adelantados puedan obtener del uso sostenible de los recursos marinos.
Como ha afirmado António Guterres, Secretario General de Naciones Unidas, “el océano es el alma de nuestro planeta”, y tan importante acuerdo demuestra “que las amenazas globales requieren una acción a escala mundial, y los países se pueden unir, en solidaridad, por el bien común”. Y es que, aparte los cuatro puntos básicos especificados, el documento también aborda temas de gran importancia para su cumplimiento, como son las relaciones con la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y con los órganos mundiales, regionales, subregionales y sectoriales competentes.
Los instrumentos jurídicos y de financiación que permitan la globalización de las acciones encaminadas a la conservación de la biodiversidad marina juegan un papel principal en un acuerdo que, al fin, supone un importante paso para la protección efectiva de mares y océanos, imprescindible para nuestra propia supervivencia.